#EnPortada | DESTRUYE PATRIMONIO HISTÓRICO
*Se acabó la impunidad de Rafael Acosta Solís, Juan Manuel Ponce Díaz y Ricardo Ascencio Maldonado, ya que tendrán que pagar por atentar contra zonas arqueológicas.
*En palabras del director general del INAH, Diego Prieto Hernández, denunciaran ante la FGR a Acosta Solís y a Ponce Díaz por la destrucción de patrimonio arqueológico.
*También desempolvarán el expediente que hay en contra del regidor de Mérida, Ricardo Ascencio Maldonado, por “borrar” los vestigios de una ciudad de 23 siglos de antigüedad para convertirlo en potrero.
Redacción/Sol Yucatán
Mérida.- La impunidad de los ejidatarios, empresarios, políticos y/o funcionarios llegó a su fin, afirmó el director general del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), Diego Prieto Hernández, ya que se aplicará todo el peso de la Ley para aquellos que atentaron contra las zonas arqueológicas número 15, en Conkal, así como la de Texán y Anexas, en Hunucmá, y la de Santa Cruz, en Seyé.
Por ende, denunciarán ante la Fiscalía General de la República (FGR) a Rafael Acosta Solís y al empresario Juan Manuel Ponce Díaz, ambos ejidatarios nylon, al mismo tiempo que “desempolvarán” el expediente que hay en contra del hoy regidor de Mérida, Ricardo Ascencio Maldonado, quien es “protegido” del presidente municipal Renán Barrera Concha y del gobernador Mauricio Vila Dosal.
Prieto Hernández reconoció la labor del corporativo Grupo Sol por defender el patrimonio arqueológico, por lo que desde que se denunció la destrucción del sitio de Texán y Anexas, en Hunucmá, el INAH habló con los ejidatarios y se efectuó un peritaje al respecto para conocer la situación que prevalece.
“Hay que castigar a los responsables de la destrucción de sitios arqueológicos, no es posible que se pierda una historia de hasta dos mil 300 años de antigüedad”, aseveró.
Reprobó la actitud de Acosta Solís, Ponce Díaz y Ascencio Maldonado, quienes utilizaron maquinaria pesada con tal de desaparecer los vestigios arqueológicos, bajo el argumento de tratarse de un terreno de su propiedad.
En primer lugar, un sitio arqueológico está protegido por la Ley Federal sobre Monumentos Históricos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos, además que forma parte del patrimonio de la nación, por lo que en ningún momento debieron de modificar el lugar.
Consideró de absurda la actitud de los tres implicados, pues cuando se detectan casos similares, al hablar con los ejidatarios, estos cambian su actitud, ya que “al conservar el patrimonio, a la postre le da valores de atracción al sitio para el desarrollo turístico”.
Ante la actitud asumida, turnarán el caso de Acosta Solís y Ponce Díaz a la FGR, mientras que en cuanto a la denuncia interpuesta hace 12 años en contra de Ascencio Maldonado, se “sacará de la congeladora”.
De tal manera, se acabó la impunidad de Acosta Solís, Ponce Díaz y Ascencio Maldonado, ya que tendrán que pagar por el daño causado, enfatizó durante la entrevista concedida.
TEXÁN Y ANEXAS
De acuerdo con el expediente número DIAC/346/21, el lugar es una zona de monumentos arqueológicos, sin embargo, Rafael Acosta Solís y sus patrones se apropiaron ilegalmente dos mil 700 hectáreas para venderlas en terrenos, para diversos usos, por lo que es flagrante la violación a la Ley Federal sobre Monumentos Históricos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos.
El comisario ejidal de Texán y Anexas, en Hunucmá, Rodolfo Koyoc, expresó que el 1 de septiembre de 2021 interpuso la denuncia ante el Centro INAH-Yucatán, y días después, especialistas de la dependencia federal acudieron a la comisaría y se percataron del saqueo y destrucción de las pirámides y cenotes del lugar.
El arqueólogo asistente, Carlos Cortés, detectó que Rafael Acosta Solís y los empresarios que representa pasaron maquinaria pesada por estas tierras llenas de vestigios arqueológicos que se encuentran documentados en el Atlas Arqueológico de Yucatán.
El denunciante aseveró que “quienes compraron terrenos en Texán perderán su dinero por ser tierras ejidales llenas de vestigios arqueológicos, incluso, hay pirámides y piedras talladas”.
Acosta Solís, en complicidad de ex comisarios, se adjudicó el nombramiento de asesor jurídico, por lo que los ejidatarios acudieron al Tribunal Unitario Agrario (TUA) para quitarle dicho cargo.
TAMBIÉN EN LAS RUINAS DE SANTA CRUZ
Los empresarios Juan Manuel Ponce Díaz y Rodrigo José Vega Espinoza se asociaron con los ex comisarios Lorenzo Cauich Miam y José Francisco Burgos Pech para explotar la zona arqueológica conocida como Ruinas de Santa Cruz, en Seyé.
Incluso, existen documentos de 42 hectáreas a nombre de Ponce Díaz y Vega Espinoza, cuyo título de propiedad les otorgó Lorenzo Cauich Miam –en su calidad de comisario ejidal– el 27 de diciembre de 2015, durante una asamblea amañada de cambio de destino, con el compromiso de explotación del sitio.
Las tierras de Ruinas de Santa Cruz, en Seyé, están en los límites con Tixkokob y son propiedad del ejidatario Tito Cetina Chuc, quien se constituyó en sociedad ganadera con otros campesinos.
Ponce Díaz tiene cerca de 200 hectáreas, mientras que Vega Espinoza posee otra cantidad similar en distintos puntos de esta localidad, principalmente en la zona codiciada del tramo de la carretera Mérida-Cancún.
“Ya estamos reuniendo la documentación que se requiere para denunciar a estos empresarios ante el Tribunal Unitario Agrario, por lo que lucharemos hasta conseguir que se retiren estos bandidos de tierras y que si pagaron alguna cantidad de dinero se la cobren a quien se las vendió”, enfatizó Cetina Chuc.
ZONA ARQUEOLÓGICA 15
A finales de 2010, el hoy regidor Ricardo Ascencio Maldonado destruyó el 90 por ciento de la zona arqueológica catalogada número 15, borrando una importante ciudad de 23 siglos de antigüedad hasta convertirla en un potrero.
Lo peor de todo, la denuncia que el INAH-Yucatán interpuso ante la Fiscalía General de la República (FGR) quedó “congelada” debido a la negligente labor del aquel entonces delegado, Juan Manuel León León, por lo que no se le pudo aplicar la multa de tres millones de pesos para resarcir los daños causados al utilizar maquinaria pesada para “nivelar” el terreno.
A 12 años del atentado cometido en contra del patrimonio nacional, a Ascencio Maldonado se le recompensó al darle una regiduría dentro del Ayuntamiento de Mérida, y hoy, con recursos públicos visita diversos municipios para su beneficio personal e impulsar su imagen a través de las redes sociales, en especial, Facebook, TikTok y Twitter.
El auto denominado “estrella de las redes sociales” se declara como amigo de Vila Dosal y Barrera Concha, constantemente sube fotos con ellos y divulga información del Ayuntamiento de Mérida y del Gobierno del Estado, e incluso, de su militancia en el PAN.
Por más de 11 años, Ascencio Maldonado se mantuvo oculto, hasta que en 2021 se unió a la campaña de Barrera Concha, lo que le permitió convertirse en regidor.
Incalculable es la pérdida total e irreparable de la milenaria historia de la cultura maya, contenida en el sitio arqueológico catalogado número 15, ya que maquinaria pesada arrasó con su Plaza Principal para construir en su lugar el comedero de su ganado vacuno.
En un principio, Ascencio Maldonado negó los hechos, posteriormente reconoció que utilizó maquinaria pesada para nivelar el piso y las piedras grandes, varias de ellas esculpidas, forman parte de la albarrada que delimitará su terreno.
COMÚN DENOMINADOR
En los tres casos, Acosta Solís, Ponce Díaz y Ascencio Maldonado, violaron los artículos 5, 27, 28, 32, 39 y 43 de la Ley Federal sobre Monumentos Históricos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos.
Artículo 5o.- Son monumentos arqueológicos, artísticos, históricos y zonas de monumentos los determinados expresamente en esta Ley y los que sean declarados como tales, de oficio o a petición de parte.
Artículo 27.- Son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles, los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles.
Artículo 28.- Son monumentos arqueológicos los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
Artículo 32.- El Instituto Nacional de Antropología e Historia suspenderá los trabajos que se ejecuten en monumentos arqueológicos sin autorización, que violen la concedida o en los que haya substracción de materiales arqueológicos. En su caso, procederá a la ocupación del lugar, a la revocación de la autorización y a la aplicación de las sanciones correspondientes.
Artículo 39.- Zona de monumentos arqueológicos es el área que comprende varios monumentos arqueológicos inmuebles, o en que se presuma su existencia.
Artículo 43.- En las zonas de monumentos, los Institutos competentes autorizarán previamente la realización de obras, aplicando en lo conducente las disposiciones del capítulo I.
Por ende, el INAH-Yucatán precederá con base al Artículo 52, el cual determina que “Al que por medio de incendio, inundación o explosión dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de dos a diez años y multa hasta por el valor del daño causado”.
El artículo sexto de dicha ley federal establece que “Los propietarios de bienes inmuebles declarados monumentos históricos o artísticos deberán conservarlos y, en su caso, restaurarlos en los términos del artículo siguiente, previa autorización del instituto correspondiente”.
Mientras que el Artículo Séptimo indica que “Las autoridades de los Estados, Territorios y Municipios cuando decidan restaurar y conservar los monumentos arqueológicos e históricos lo harán siempre, previo aviso y bajo la dirección del INAH”.
ya es hora que caigan TODOS éstos delincuentes cómo Acosta Solis y TODOS los demás también él viladron
ResponderBorrarq.los.metan.a.la.carsel.piche.ladrones
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